Tema 4: Registro Único Tributario (Rut)
constituye el mecanismo único para
identificar, ubicar y clasificar las personas y entidades que tengan la calidad
de contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y no contribuyentes
declarantes de ingresos y patrimonio; los responsables del Régimen Común y los
pertenecientes al régimen simplificado; los agentes retenedores; los
importadores, exportadores y demás usuarios aduaneros, y los demás sujetos de
obligaciones administradas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales,
respecto de los cuales esta requiera su inscripción.
Para que sirve el RUT
Contar con el RUT le permite:
ü Que terceros con quienes
usted sostenga una relación comercial, laboral o económica identifiquen
su actividad económica registrada en el RUT.
ü Acreditar e identificar la
actividad económica ante terceros con quienes sostenga una relación comercial,
laboral o económica en general.
ü Identificar y reconocer sus
obligaciones Tributarias Aduaneras y Cambiarias TAC frente al Estado
Colombiano.
ü Realizar los trámites
relacionados con el cumplimiento de las obligaciones TAC a través de los
servicios en línea y presenciales que le ofrece la Dirección de Impuestos y
Aduanas Nacionales.
Costos.
La inscripción en el RUT no tiene
ningún costo, el trámite es completamente gratuito así como el formulario
requerido para ello.
Quienes deben tener o estar inscritos en el RUT
a)
Las personas y entidades que
tengan la calidad de contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y
complementario de ganancias ocasionales, y demás Impuestos administrados por la
U.A.E. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
Ejemplo.
Es
declarante aquella persona que:
Obtenga ingresos brutos superiores a $ 46.418.000, en el último año.
Tengan un patrimonio bruto igual o superiores a $ 149.202.000,
Tenga consumos con tarjetas de créditos en el año superiores a $46.418.000
El total de compras en el año sean de $46.418.000.
Tengan un patrimonio bruto igual o superiores a $ 149.202.000,
Tenga consumos con tarjetas de créditos en el año superiores a $46.418.000
El total de compras en el año sean de $46.418.000.
b) Los patrimonios autónomos,
en aquellos casos que por disposiciones especiales deban contar con un NIT
individual; tenga en cuenta que: las sociedades fiduciarias que administren
patrimonios autónomos constituidos para desarrollar operaciones de comercio
exterior, en desarrollo y cumplimiento de la regulación aduanera, deberán
realizar la inscripción en el Registro Único Tributario (RUT) de dichos
patrimonios autónomos para la obtención del Número de Identificación Tributaria
(NIT), que los identifique de manera individual.
c) Los inversionistas
extranjeros obligados a cumplir deberes formales;
d) Las sucursales en el país de
personas jurídicas o entidades extranjeras;
e) Las personas naturales que
actúan en calidad de representantes legales, mandatarios, delegados, apoderados
y representantes en general que deban suscribir declaraciones, presentar
información y cumplir otros deberes a nombre del contribuyente, responsable,
agente retenedor, declarante, informante o inversionista extranjero, en materia
tributaria, aduanera o cambiaria. Así mismo, deben cumplir con esta inscripción
los revisores fiscales y contadores, que deban suscribir declaraciones por
disposición legal;
f) Las personas y entidades no
contribuyentes declarantes de ingresos y patrimonio y las personas naturales y
jurídicas del régimen simplificado del impuesto al consumo;
g) Los responsables del
impuesto sobre las ventas pertenecientes a los regímenes común o simplificado;
h) Las personas o entidades no
responsables del impuesto sobre las ventas, que requieran la expedición de NIT
cuando por disposiciones especiales estén obligadas a expedir factura, o como
consecuencia del desarrollo de una actividad económica no gravada;
i) Los responsables del
impuesto al consumo;
j) Los responsables del
impuesto nacional a la gasolina y al ACPM;
k) Los agentes retenedores;
l) Los importadores,
exportadores y demás usuarios aduaneros;
m) Los profesionales de compra
y venta de divisas en efectivo y cheques de viajeros;
n) Los obligados a declarar el
ingreso o salida del país de divisas o moneda legal colombiana en efectivo;
o) La U.A.E. Dirección de
Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) podrá requerir la inscripción de otros
sujetos diferentes de los enunciados en los literales anteriores, para efectos
del control de las obligaciones sustanciales y formales que administra.
p) Los inversionistas no
residentes ni domiciliados en Colombia titulares de inversiones de capital del
exterior de portafolio, independientemente de la modalidad o vehículo
utilizado para efectuar la inversión.
Se debe tener en cuenta:
Para efectos de las operaciones de importación,
exportación tránsito aduanero, no estarán obligados a inscribirse en el RUT en
calidad de usuarios aduaneros:
Los extranjeros no
residentes, diplomáticos, misiones diplomáticas, misiones consulares y misiones
técnicas acreditadas en Colombia, los sujetos al régimen de menajes y de
viajeros, los transportadores internacionales no residentes, las personas
naturales destinatarias o remitentes de mercancías bajo la modalidad de tráfico
postal y envíos urgentes, salvo cuando utilicen la modalidad para la
importación y/o exportación de expediciones comerciales.
Estos usuarios aduaneros
podrán identificarse con el número de pasaporte, número de documento de
identidad o el número del documento que acredita la misión. Lo anterior sin
perjuicio de la inscripción que deban cumplir en virtud de otras
responsabilidades u obligaciones a que estén sujetos.
Los profesionales de
compra y venta de divisas en efectivo y cheques de viajeros deberán obtener la
autorización que acredite el cumplimiento de los requisitos y condiciones que
establezca para el efecto la U.A.E. Dirección de Impuestos y Aduanas
Nacionales, mediante resolución de carácter general, de acuerdo con lo
dispuesto por el numeral 2 del artículo 75 de la Resolución Externa 8 de
2000, modificado por el artículo 1o de la Resolución Externa número 6 de
2004 y el artículo 3o de la Resolución Externa número 4 de 2005 de la
Junta Directiva del Banco de la República.
Como se hace la inscripción al RUT
La DIAN le asiste durante todo el proceso de
inscripción a través del Link:
Impuestos RUT una vez obtengas el
RUT, este no necesita actualización.
Sanciones por
el incumplimiento en la obligación de inscribirse en el RUT
1.
Sanción por
no inscribirse en el Registro Único Tributario, RUT, antes del inicio de la
actividad, por parte de quien esté obligado a hacerlo.
Se impondrá la clausura del
establecimiento, sede, local, negocio u oficina, por el término de un (1) día
por cada mes o fracción de mes de retraso en la inscripción, o una multa
equivalente a una (1) UVT por cada día de retraso en la inscripción, para quienes
no tengan establecimiento, sede, local, negocio u oficina.
2.
Sanción por no exhibir en
lugar visible al público la certificación de la inscripción en el Registro
Único Tributario, RUT, por parte del responsable del régimen simplificado del
IVA. Se impondrá la clausura del
establecimiento, sede, local, negocio u oficina, por el término de tres (3)
días.
3.
Sanción por no actualizar la
información dentro del mes siguiente al hecho que genera la actualización, por
parte de las personas o entidades inscritas en el Registro Único Tributario,
RUT.Se impondrá una multa
equivalente a una (1) UVT por cada día de retraso en la actualización de la
información. Cuando la desactualización del RUT se refiera a la dirección o a
la actividad económica del obligado, la sanción será de dos (2) UVT por cada
día de retraso en la actualización de la información.
4.
Sanción por informar datos
falsos, incompletos o equivocados, por parte del inscrito o del obligado a
inscribirse en el Registro Único Tributario, RUT. Se impondrá una multa
equivalente a cien (100) UVT (Unidad Valor Tributario), tenga en cuenta que el
UVT para el 2019 se fijó en $ 34.270.
ACTIVIDAD
1.
¿Qué es
el RUT?
2.
¿Para qué
sirve?
3.
Cuáles
son los beneficios que tiene Juan por estar registrado en el RUT
4.
¿Cada cuánto
tiempo Juan debe actualizar el RUT?
5.
Juan decide
en conjunto con un grupo de amigos, crear una empresa para comercializar
productos del campo, incluyendo agroquímicos, en la que actuara como representante
legal ¿crees que Juan tiene la obligación de estar inscrito en el RUT? Justifica
tu respuesta.
6.
Juan es
un campesino que realiza la actividad económica de compra y venta de plátano. ¿Cuál
es el valor del movimiento económico que debe realizar en el año para ser declarante?
7.
Si en un
proceso de auditoria por parte de la Dian se observa que el contribuyente tiene
desactualizado el RUT, tal situación ¿puede generar el pago de algún tipo de
sanción tributaria? Justifica tu respuesta.
8.
Juan cambio
su domicilio y no realizo la actualización del RUT, por lo que la DIAN lo
sanciona con 60 UVT ¿a cuánto dinero equivale dicha sanción y cuantos días pasaron
desde que cambio su domicilio hasta que lo actualizo para obtener esa sanción?
9.
Menciona
el costo que tiene sacar el RUT por primera vez.
REFERENCIA BIBLIOGRÁFICA
RUT (preguntas frecuentes), consultado el 10 de julio
de 2019, disponible en: https://www.dian.gov.co/impuestos/personas/Paginas/preguntas.aspx
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